No más celebridades en los anuncios de juegos 
de apuestas en España

No más celebridades en los anuncios de juegos 
de apuestas en España

A finales de agosto de 2021 entraron en vigor las nuevas disposiciones del Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales para actividades de juego, relativas a patrocinios, limitaciones de tiempo y limitaciones de redes sociales.

Las limitaciones más relevantes son el patrocinio deportivo, los horarios de retransmisión en general, las promociones de bienvenida, la presencia de famosos o personas de notoriedad pública y la inclusión de mensajes de juego responsable, que serán obligatorios.

En general, la transmisión de publicidad de juegos de azar en radio y televisión está prohibida fuera del horario de 1.00 a.m. a 5.00 a.m. aunque para ciertos tipos de juegos de azar (loterías, bingo, apuestas mutuas o concursos) existe cierta flexibilidad.
 

Uno de los aspectos más significativos se relaciona con el patrocinio deportivo, estableciendo que la marca de los operadores de juego no puede aparecer en el equipamiento deportivo y que no puede formar parte de los nombres de estadios, equipos o competiciones. Asimismo, las vallas publicitarias en los estadios deberán cumplir con las mismas restricciones de tiempo y requisitos que el resto de comunicaciones audiovisuales.

Además, la imagen de celebridades o personas de notoriedad pública ya no se puede utilizar en la publicidad del juego.

También están prohibidos los denominados bonos de bienvenida o promociones para atraer nuevos clientes. Los operadores no pueden dirigir ofertas a personas con patologías relacionadas con los juegos de apuestas y solo pueden anunciarlas a clientes verificados.

La publicidad en sitios web, redes sociales, correo electrónico o publicaciones solo se permitirá con el consentimiento del destinatario.

Las comunicaciones comerciales en redes sociales solo están permitidas en aquellas redes sociales que cuenten con (i) instrumentos para evitar dirigirse a menores; (ii) mecanismos de bloqueo u ocultar anuncios emergentes; y (iii) herramientas para segmentar la audiencia a la que se dirigen las comunicaciones comerciales.

En cuanto a los menores, la regulación incluye mecanismos de control parental, por lo que "las comunicaciones comerciales de los operadores de juego en los servicios de la sociedad de la información incluirán un identificador que permita su categorización como juego", señala el decreto. En ningún caso esta publicidad podrá estar dirigida a menores de edad.

En consecuencia, un operador de juegos de apuestas solo podrá utilizar estos canales cuando disponga de herramientas tecnológicas para evitar que los anuncios estén dirigidos a menores, así como herramientas para segmentar la audiencia. Además, todos estos sitios web y perfiles de redes sociales deben mostrar con regularidad mensajes de juego seguro advirtiendo sobre los peligros del juego. Esto se traduce en una obligación de incluir mensajes que apelen visual o verbalmente al juego responsable, como "Si está jugando, hágalo responsablemente" o similar; así como referencias a la prohibición de participación de menores, a través de mensajes como "no menores", "+18" o similares.

Geremy Salerno

RESEÑA ESCRITA POR:

Geremy Salerno

Geremy tiene muchos años de experiencia en la industria de los juegos de casino.

Desde 2011 ha estado colaborando con diferentes casinos nacionales e internacionales en línea, como gerente de afiliados en Londres, Malta y España, para el mercado italiano del juego.

Ahora tiene un sitio web afiliado en España, tiene interés en el tema de SEO, lo que lo llevó a esta nueva aventura española.